Qué es el consentimiento informado: lo que debes saber
Antes de cualquier intervención médica, paciente y médico/a deben realizar un procedimiento conocido como consentimiento informado, que es un intercambio de datos sobre la actuación sanitaria que, en ocasiones, se produce por escrito en forma documental.
En estas situaciones, su presentación, cumplimentación y almacenamiento se convierte en una parte esencial de las labores administrativas del ámbito de la salud. Pero se trata de una tarea delicada: la intimidad de los datos debe blindarse en todo momento y guardarse en la historia clínica del paciente durante más de una década, y puede ser empleada ante posibles denuncias. Nuestro Curso Superior de Secretariado Médico te da las claves para asegurar que el procedimiento se lleva a cabo con la minuciosidad que requiere y obliga la ley. ¡Descubre todo lo que implica!
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El consentimiento informado: definición
¿Qué es el consentimiento informado? Se trata del acto de comunicación mediante el que el/la médico/a informa al/la paciente de la actuación sanitaria a la que va a ser sometido/a. Dicho de otra forma, es una conversación en la que el personal de la salud le da al/la usuario/a la información que necesita para decidir si quiere prestarse a la intervención, conociendo sus detalles y aceptando los riesgos a los que se expone al hacerlo.
Una de las cuestiones que determina que el consentimiento informado es válido es que el/la paciente comprenda con claridad los procedimientos que se le explican y que acepte de forma voluntaria y en plena consciencia de sus actos. También que se le hayan proporcionado los datos obligatorios, esto es: las consecuencias de la actuación, los peligros comunes de la misma y aquellos vinculados al contexto personal del/la paciente; así como las contraindicaciones y la fecha en la que se ha entregado y firmado el documento.
El consentimiento debe informar sobre los detalles de la intervención y los peligros que esta puede suponer para el/la paciente
Y es que, aunque según la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, “el consentimiento será verbal por regla general”, hay una gran cantidad de casos en las que se registra por escrito. Tanto la aceptación como el rechazo del/la paciente debe quedar reflejado en el texto, que puede ser revocado por el/la usuario en cualquier instante.
¿En qué casos se debe firmar el consentimiento informado?
Ya hemos visto que el consentimiento informado es de suma importancia ante cualquier actuación médica, pero ¿cuándo es necesario que el/la paciente y el/la médico/a lo firmen? De nuevo, la ley clarifica este punto señalando las siguientes circunstancias:
- Cirugías.
- Procesos de diagnóstico y/o terapia de tipo invasivo.
- Procedimientos que puedan suponer algún peligro para la integridad de las personas.
Quienes deben firmarlo son, como hemos dicho, el/la implicado/a en la intervención y el personal sanitario. Pero, en ocasiones, eso no es posible, ya sea porque se trata de un/a menor o de una persona incapacitada. En esos casos, la representación entra a formar parte del consentimiento informado, lo que es, de forma simple, otorgarle el derecho a decidir a aquellos/as vinculados a él o ella de algún modo.
Pacientes que no pueden firmar el consentimiento médico
Que el consentimiento informado es obligatorio es un hecho, pero también lo es que no todos/as pueden firmarlo. La normativa establece dos situaciones principales en las que el derecho del/la paciente se cede a familiares o representantes legales:
- Cuando el/la paciente está incapacitado/a para decidir por motivos físicos o psíquicos desfavorables —el alzhéimer, por ejemplo, uno de los distintos tipos de dependencia de los ancianos—.
- Cuando se trata de menores de edad que no pueden entender la magnitud de la intervención que se propone. En este caso, no obstante, se tendrá en cuenta su opinión según la Ley Orgánica 1/1996, de 16 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Hay que tener presente que la cesión del derecho a firmar el consentimiento médico no da vía libre a los/as representantes. La ley se asegura de que prevalezca siempre la mejor solución para el/la afectado/a, remitiendo a las autoridades cualquier decisión que perjudique su salud para obtener una orden del Ministerio Fiscal si fuera preciso.
¿Cuándo no hace falta consentimiento informado?
¿El consentimiento informado es algo que hay que realizar siempre? Aunque parezca contradictorio, la respuesta es no. Hay situaciones especiales en las que el tiempo es un lujo que el personal sanitario no puede permitirse, ya que supondría ir en contra de la propia salud del/la paciente. Por ejemplo, una urgencia grave que requiera una intervención inmediata de un sujeto que no está en condiciones de dar su autorización.
Otro supuesto que se contempla es el riesgo para la salud de la población, que obliga a activar el plan de prevención de riesgos profesionales del centro sanitario, agudizar sus parámetros de higiene y seguridad y poner en marcha las medidas de contención necesarias. Según indica el BOE, tras las actuaciones previstas, habrá que informar a las autoridades en menos de 24 horas tras internar a los/as enfermos/as.
El consentimiento informado: qué es lo que no cubre
Hemos visto qué es el consentimiento informado, cuándo se firma y quién puede hacerlo. En un primer vistazo, puede parecer que es un documento sin fisuras, pero está lejos de ser una carta blanca para el personal sanitario.
A pesar de que el documento haya sido firmado por el/la paciente, si el/la médico/a encargado de la intervención cae en las malas prácticas, no saldrá indemne. El consentimiento informado, tal y como lo entiende la legislación, no exime a los/as sanitarios de negligencias durante las operaciones, fallos en los diagnósticos, daños permanentes provocados durante el nacimiento o medicación errónea a los/as usuarios/as.
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