Cómo tratar la ética en el coaching

Como cualquier situación que trate lo humano, el coaching necesita una reflexión ética e implica que el coach adopte reglas deontológicas muy claras, para proteger los intereses de sus clientes.
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Tabla de contenidos
Marco ético del coaching
Tanto a nivel personal como profesional, las normas éticas deben influir en toda relación de coaching. Éstas se manifiestan siguiendo un acuerdo de trabajo basado en la confidencialidad y con principios éticos establecidos por los organismos oficiales. Al margen de acuerdos y documentos, el coaching siempre debe tener presente el principio de respeto incondicional para el ser humano.
Para que el proceso de coaching sea efectivo, correcto y esté bien orientado, ha de seguir una serie de principios:
- Objetividad: El coach debe esforzarse en dejar atrás sus juicios y sus evaluaciones.
- Eficacia: Es importante centrarse en comportamientos que tengan consecuencias en la eficacia personal y de la organización.
- Mejora de las relaciones entre personas: Cuanto mejor sean las relaciones, más efectivo es el trabajo del coach.
- Humildad: Esta actitud mejora la calidad de la conexión humana del proceso de coaching.
- Equilibrio: Hace referencia a complementar la vida personal y el trabajo sin que se produzca detrimento en ninguna de las dos dimensiones.
- Autorresponsabilidad: Implica ser consciente del efecto que pueden tener las acciones en el entorno.
La confidencialidad
La confidencialidad, a menudo, es la parte más problemática y delicada del proceso de coaching. Para crear un entorno de confianza es necesario tener en cuenta una serie de aspectos que son de especial importancia:
- Para el coachee (o cliente) es importante entender qué tipo de relación existe entre el coach y él mismo (o la empresa).
- No puede existir la confianza necesaria si existen dudas en cuanto a la confidencialidad sobre lo que se trata entre ambos.
- El experto en coaching debe, en la medida de lo posible, salvaguardar la confidencialidad y objetividad de su labor.
- En el coaching empresarial, el departamento de recursos humanos tiene que tener claro si el coaching tiene fines evaluativos o de desarrollo.
Crear un entorno de confianza no resulta fácil. Sin embargo, esto se puede conseguir a través de un diálogo fluido y abierto entre el coach y el coachee. A través del encuentro honesto y sincero, se crea el ambiente adecuado para apoyar una cultura de alto rendimiento rica en retroalimentación. Para ello es importante delimitar claramente los derechos de uno y otro.
Derechos del coachee
Para generar un entorno ético y de confianza, habrá que garantizar los siguientes derechos del coachee o cliente:
- Negociar abiertamente las reglas de confidencialidad con el coach y la empresa.
- Tener la posibilidad de elegir su coach, o por lo menos el derecho de vetar un coach elegido por la empresa.
- Estar informado de las credenciales, formación y experiencia del coach.
- Llegar a sus propias decisiones dentro del proceso, sin sentirse forzado por las sugerencias del coach o de la empresa.
- Conocer el destino de cualquier documentación proveniente del proceso de coaching antes de iniciar el proceso.
- Saber si los resultados del proceso influirán en su carrera, su retribución o su estabilidad laboral y personal.
- Salir del proceso si no está de acuerdo con aspectos relacionados con la ética.
- Recibir apoyo y ayuda en su deseo e intento de mejora y desarrollo, por parte del coach y de la empresa.
Derechos del coach
Por su parte, al coach o profesional también deben reconocérsele una serie de garantías:
- Negociar abiertamente las reglas de confidencialidad con el coachee y la empresa.
- Recibir la información y los recursos necesarios de la persona o de la empresa para realizar un proceso de coaching con éxito.
- Salir del proceso por razones éticas.
- Recibir retroalimentación sobre la satisfacción del coachee o de la empresa.
- No ser utilizado para otras tareas más que la realización de un proceso de coaching destinado a aumentar habilidades, apoyar y desarrollar al coachee.
Organismos reguladores
Existen varias asociaciones nacionales e internacionales tratan de buscar y establecer una regulación apropiada para la profesión y práctica del coaching. Al ser todas ellas son de ámbito privado, no es obligatorio pertenecer a ninguna de ellas para ejercer esta profesión. Su finalidad es velar por el cumplimiento de las normas que regulan el proceso de coaching y la ética profesional.
Las asociaciones con mayor reconocimiento, apoyo oficial y prestigio internacional por ser pioneras en la difusión del Coaching y por aglutinar un buen número de profesionales son: International Coach Federation (ICF), International Association of Coaches (IAC), The European Mentoring and Coaching Council (EMCC), International Coaching Community (ICC).
El juramento de ética profesional de la ICF dice: “Como coach profesional acepto y estoy de acuerdo en respetar mis obligaciones éticas ante mis clientes de coaching y ante el público en general. Prometo acatar el código deontológico de la ICF y tratar a la gente con dignidad, en tanto que seres independientes y con igualdad de condiciones. Prometo compartir este código con la gente que practica el coaching. Si llegara a violar este juramento o el código deontológico, acepto que la ICF según su propio criterio pueda hacerme responsable de ello. Asimismo, soy consciente de que mi responsabilidad ante la ICF, frente a cualquier tipo de violación cometida, puede conllevar la pérdida de mi titularidad o categoría como miembro de la ICF”.
Además del código ético del ICF, existen otros parecidos a nivel estatal que al fin y al cabo redundan en garantizar unas condiciones de trabajo que faciliten el proceso tanta para el cliente como para el profesional en un marco de respeto y confidencialidad.
¿Cuál es para ti el principio ético más importante en el coaching? ¿Sigues algún código ético en concreto?
Joan Bertran